En el mundo de los autónomos y las PYMES, es fundamental entender las obligaciones fiscales y legales que los rodean. Una de las interrogantes más frecuentes entre quienes desean emprender es: ¿cuánto puedo facturar sin ser considerado autónomo? Esta pregunta es clave, ya que conocer este límite puede ayudar a evitar sorpresas desagradables con la Administración Tributaria y a tomar decisiones informadas sobre el futuro de tu negocio. En este artículo, analizaremos en detalle el límite de facturación permitido antes de tener que darse de alta como autónomo, así como las implicaciones legales y financieras de esta decisión.
En España, existe un umbral específico que determina cuándo es necesario registrarse como autónomo, lo que conlleva una serie de responsabilidades y obligaciones tributarias. El hecho de no cumplir con estas normativas puede acarrear sanciones.
Facturar como autónomo: ¿Qué implica?
Para que no haya líos, lo mejor es empezar por lo más básico, ¿qué significa facturar como autónomo? Estas facturas deben incluir datos como: tu nombre, dirección fiscal, los datos del cliente, el detalle del servicio, el importe y los impuestos aplicables (como el IVA y la retención de IRPF). Darte de alta en Hacienda solo implica presentar el modelo 036. Por otro lado, para facturar como autónomo debes darte de alta en la Seguridad Social, es decir, inscribirte en el RETA y en el IAE o Impuesto de Actividades Económicas. Estos trámites regulan tu cotización a la SS y cómo tributa tu actividad. Darte de alta en la Seguridad Social te obliga a pagar las cuotas de autónomo.
¿Existe un límite económico para facturar sin ser autónomo?
Como antes hemos mencionado, se suele decir que puedes facturar sin ser autónomo si tus beneficios no superan el SMI. Esto es un mito. La Seguridad Social nunca ha confirmado esta información. Por lo tanto, no existe ningún límite económico para facturar sin ser autónomo. Sin embargo, la Seguridad sí establece un límite temporal. Deja claro que la actividad que realices no debe ser habitual, aunque no se especifica un tiempo o número de facturas exacto.
A veces, también se oye por ahí que, si no superas el SMI (Salario Mínimo Interprofesional) en lo que facturas, no hace falta que te des de alta ni emitas facturas como autónomo. O que puedes facturar sin ser autónomo hasta 3.000€. Pero ¡repetimos! Esto es un mito. La Seguridad Social nunca ha confirmado esta información.
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En general y como asesoría fiscal, lo que te recomendamos es que siempre te des de alta en las dos instituciones, porque esto será lo completamente legal.
¿Cuándo es obligatorio darse de alta en Hacienda?
Como te hemos avisado, el alta en Hacienda es siempre obligatoria. Hacienda, sin embargo, es bastante más clara: se considera autónomo todo aquel que realice una actividad económica. Fin.
Para poder emitir factura hay que estar dado de alta en Hacienda como empresario o profesional. Aunque solo sea por un día. Pero si no se forma parte del censo de empresarios o profesionales no se pueden emitir facturas de ningún tipo.
1.- Para poder emitir una factura debes darte de alta en Hacienda mediante la presentación de una declaración censal (modelo 036 o 037). Llegados a este punto hay que indicar que si quieres facturar no puedes dejar de darte de alta en Hacienda. El alta en Hacienda se hace a través del modelo 036 y no tiene coste.
La habitualidad de la actividad
Centrémonos en lo que dice la Seguridad Social y fijémonos en la recurrencia de la actividad. Parece todo un conjunto de cosas poco claras porque, siempre que la actividad no sea habitual, no necesitas darte de alta. Lo más fácil para resolver esta duda sería ir directamente a la fuente oficial, ¿verdad? Aquí está el problema: la definición no especifica de forma clara qué es o no “habitual». La normativa no aclara cuándo se entiende que una actividad es habitual. Por sentido común, todos sabemos qué es desarrollar una actividad de manera habitual.
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¿Es esto posible? ¿Qué habría ocurrido si el usuario hubiera desoído la respuesta de Infoautónomos habiendo evitado el alta en Seguridad Social? Partamos del hecho de que tanto Hacienda como Seguridad Social tienen una comunicación fluida y muy probablemente la actuación de este usuario habría despertado sospechas. 3. Lo que hay realmente es un cierto "dejar hacer" por parte de la Administración y la Inspección de Trabajo, pero el riesgo de sanción, aunque bajo, existe. 2. Eso quiere decir que si por ejemplo estás emitiendo facturas cada mes tienes que ser autónomo.
Ejemplos prácticos
- Laura: Da clases particulares a estudiantes de manera intensiva en los periodos de exámenes finales y recuperaciones. Tiene varios alumnos con los que logra facturar 1.600€ al año, más o menos. Laura hace facturas a sus alumnos sin estar dada de alta como autónoma en la Seguridad Social. Su actividad no es regular, no factura todos los meses y tampoco supera el SMI.
- Pablo: Se encarga de limpiar un par de casas todas las semanas. Factura unos 500€ al mes, por lo que al año no supera el SMI. Sin embargo, su facturación es recurrente y habitual todos los meses.
- Marisa: Tiene un local y lo alquila. No tiene que darse de alta de autónoma en la Seguridad Social, y aunque no tenga una actividad como tal, también tiene que darse en Hacienda para emitir sus facturas.
Consecuencias de facturar sin ser autónomo
Como seguro te imaginabas, hay consecuencias por facturar sin haberte dado de alta de autónomo. Y, ¿de cuánto estamos hablando? La multa es de entre 300 € y 3.000 €. Lo primero que sucederá si te pillan es que estarás obligado a darte de alta como autónomo. Además de la multa, tendrás que pagar la cuota de autónomo de todos los meses anteriores. O sea, que todos los meses en los que has estado dado de alta en Hacienda pero no en la Seguridad Social, tendrás que pagar lo que te habría tocado pagar si hubieras estado dado de alta desde un buen principio.
Por ejemplo, ante Hacienda, Marcelo ha facturado desde marzo. Si en septiembre se da de alta en la Seguridad Social como autónomo, tendrá que pagar la cuota del mes en curso (septiembre) y la de los meses desde marzo a septiembre (o sea, el precio de seis meses de cuota). Aparte de eso, si eres nuevo autónomo, no podrás beneficiarte de la tarifa plana de autónomos. Además de que te tocará pagar la cuota de aquellos meses en los que estuviste dado de alta solamente en Hacienda, si pagas tarde, pagarás con un plus. Como las cuotas están fuera de plazo se aplicarán recargos por el retraso.
Alternativas para facturar sin ser autónomo
Como ves, el límite para facturar sin ser autónomo es un tema complicado. Por eso, la gente se ha buscado la vida para poder emitir facturas y no meterse en lío. Existen las llamadas cooperativas de trabajo asociado. Bajo esta fórmula los trabajadores con proyectos eventuales y pocos ingresos dejan de darse de alta y confían la labor de facturación a las cooperativas. Hay cooperativas de autónomos que permiten emitir facturas. El problema está en que, algunas cooperativas, lo que hacen es darte de alta en Hacienda y en la Seguridad Social durante un día solamente (para poder emitir la factura). Esta opción no es legal.
En principio, podríamos decir que no solo te arriesgas tú a recibir una sanción de Hacienda o la Seguridad Social, sino que también pones en riesgo a tu colega, familiar o lo que sea. Por ejemplo, si a Hacienda y a la Seguridad Social les consta que Susana es pastelera, no puede emitir una factura por escribir cuatro artículos periodísticos. Encima de todo, quién sea que te hace el favor, tendrá que pagar los impuestos de algo que cobrarías tú.
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La importancia de la asesoría fiscal
Facturar sin ser autónomo puede ser complicado y arriesgado. Por eso te lo ponemos fácil para que tramites tu alta de autónomo y empieces tu negocio. Somos una gestoría online para autónomos barata porque sabemos que hacerse autónomo no siempre es fácil. Nuestros asesores fiscales para autónomos se encargan de todo el papeleo de alta y los impuestos de autónomos. ¡Y sin permanencia! Nada mal, ¿verdad?
Deja el papeleo para otros. Ahora, un asesor experto puede hacer tu alta de autónomo y encargarse de presentar todos tus impuestos por ti… ¡incluida la renta! Y, ¿lo mejor? Puedes hacerlo todo desde tu sofá en solo unos clics. ¡Autónomo! Nos encargamos de todo para que tú no te preocupes por nada.
Tipos de empresas en España
En el panorama empresarial, las empresas se clasifican según su tamaño en pequeñas, medianas y grandes. Esta clasificación no sólo refleja el número de empleados o el volumen de ingresos, sino también diferencias en estructura, alcance de mercado y capacidad de influencia económica. En la economía, cada tipo de empresa juega un rol distinto, pero esencial. Desde fomentar la innovación local hasta competir en mercados internacionales, el tamaño de una empresa puede determinar su impacto y sus responsabilidades económicas.
- Microempresas: Son motores de empleo, generando puestos de trabajo locales y adaptándose rápidamente a las necesidades del mercado.
- PYMES: Se encuentran en fase de crecimiento acelerado y son fundamentales para introducir nuevas tecnologías y procesos.
- Grandes Empresas: Aportan estabilidad económica y capacidad de inversión en grandes proyectos, además de influir a nivel global.
El apoyo a estas empresas mantiene una economía diversa y resiliente. Muchos emprendedores han hecho realidad sus proyectos gracias a nuestro apoyo financiero. Desde la pequeña empresa que conoces en tu barrio hasta las grandes corporaciones que operan a nivel mundial, cada una desempeña un papel único en nuestra economía.
Definición de pequeña empresa
La definición de "pequeña empresa" en España se basa en los criterios establecidos por la Unión Europea. Un volumen de negocios anual que no exceda los 10 millones de euros o un balance general anual que no exceda los 10 millones de euros.
Definición de mediana empresa
En base al Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, para ser consideradas mediana empresa debe tener entre 50 y 250 empleados y un volumen de negocios anual que no exceda los 50 millones de euros.
Según el informe Cifras Pyme 2024, en diciembre de 2024 en España había 2.948.527 empresas, de las cuales 1.139.427 eran microempresas. Esto supone que el 38,64 % de las empresas de nuestro país son microempresas. En este informe llama la atención el reducido número de grandes empresas.
¿Qué es una microempresa y cuáles son sus requisitos?
Los requisitos para considerar una empresa como microempresa dependen de cada país, aunque pueden variar en función del procedimiento para el que se requiera esta calificación. Sin embargo, para la Agencia Tributaria, a efectos de preconcursos, concursos y procedimientos especiales, los requisitos cambian.
Un autónomo puede considerarse microempresa si cumple con los criterios de número de empleados e importes financieros y ejerce una actividad económica.
Las pymes (pequeñas y medianas empresas) incluyen tanto microempresas como pequeñas y medianas empresas. Las pymes pueden tener hasta 249 empleados y facturar hasta 50 millones de euros, mientras que las microempresas deben mantenerse por debajo de los 10 empleados y los 2 millones de euros de facturación.
Las obligaciones fiscales y contables de una gran empresa son mucho más complejas que las de una microempresa, que disfruta de ciertos beneficios fiscales y menores exigencias contables. Se pueden acoger al Plan General de Contabilidad para Pymes, lo que facilita la gestión contable y financiera.
Por lo tanto, conocer los requisitos que tiene que cumplir una microempresa es fundamental para elegir la estructura empresarial más conveniente.
El requisito fundamental, como es obvio, es estar dado de alta en Hacienda a través de la presentación del modelo 036 (El modelo 037 acaba de dejar de estar operativo).
Grandes Empresas
En primer lugar, se considera gran empresa aquella organización, empresario o profesional cuya facturación en un año supera los 6.010.121,04 euros. Para calcular el volumen de operaciones se suma el total de las entregas de bienes y prestaciones de servicios efectuadas por el contribuyente durante el año natural. Se deben incluir aquellas exentas del impuesto. Si una empresa supera el límite establecido, deberá cambiar su forma de relacionarse con la Agencia Tributaria y cumplir con una serie de obligaciones adicionales.
Requisitos para ser Gran Empresa
Para que una empresa sea considerada como Gran Empresa, debe cumplir varios requisitos como los que exponemos a continuación: El volumen de operaciones debe de ser superior a 6.010.121,04 euros: Tal y como hemos visto este es el requisito esencial para que Hacienda incluya a una empresa en esta categoría.
Obligaciones fiscales de las Grandes Empresas
Las entidades que se consideran Grandes Empresas deben cumplir con una lista de obligaciones tributarias:
- Comunicación a la Agencia Tributaria de que se ha superado el límite y se pasa a ser Gran Empresa. Esto se hace mediante el modelo 036 en el plazo de un mes desde el 1 de enero del año en curso.
- El IVA deberá presentarse de forma mensual y por vía telemática. Para ello se utilizará el modelo 303.
- Lo mismo ocurre con el modelo 111 (retenciones e ingresos a cuenta) y el resto de modelos de retenciones, se deberán presentar mensualmente y de forma telemática.
- Los libros registro se deberá llevar mediante el SII (Suministro Inmediato de Información).
- Si el importe neto de la cifra de negocio supera los 6 millones de euros, los pagos fraccionados se deberán calcular conforme al artículo 40.3 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.
- Las Grandes Empresas tiene la obligación de recibir por medios electrónicos las comunicaciones que haga Hacienda y deberán presentar por internet cualquier documentación tributaria.
Beneficios de ser Gran Empresa
Además de las obligaciones, existen una serie de ventajas de las que podrán disfrutar las grandes empresas, como sucede con:
- Posibilidad de aplicar el régimen de consolidación fiscal. Si se cumplen los requisitos, la empresa se podrá acoger al régimen de consolidación fiscal que permite a los grupos de empresas tributar de forma conjunta en el Impuesto sobre Sociedades, por lo que se puede reducir la carga fiscal y simplificar las gestiones.
- Facilidad para acceder a financiación. Las grandes empresas suelen obtener financiación con más facilidad y mejores condiciones. Esto les ayuda a desarrollar nuevos proyectos o a internacionalizar la organización.
- Mayor competitividad. Tendrán una imagen de solidez en el mercado y esto les permitirá ser más competitivas, atraer y retener talento y poder innovar en productos y servicios según las nuevas necesidades y tendencias que surjan.
Consecuencias de perder la condición de Gran Empresa
También puede ocurrir que una entidad deje de cumplir los requisitos para ser considerara Gran Empresa. En ese caso, se deben tener en cuenta esta serie de obligaciones:
- Presentación modelo 036 para comunicar que se ha dejado de tener la condición de Gran Empresa.
- El modelo 303 deberá presentarse de forma trimestral, salvo que se trate de empresas inscritas en el REDEME (Registro de Devolución Mensual).
- Se aplicará la presentación trimestral al modelo 111 y otros relativos a retenciones.
- Se produce la salida del SII y la empresa ya no estaría obligada a reportar los libros de registro del IVA en tiempo real.
Nuevos tipos reducidos en el Impuesto de Sociedades
Las microempresas y las pymes ya cuentan con nuevos tipos reducidos en el Impuesto de Sociedades desde este año y hasta el próximo 2029. A día de hoy hay tres normativas distintas en marcha que prevén una rebaja impositiva para los pequeños negocios: entre 2025 y 2029, los tipos que deberán aplicar a sus base imponible -beneficios- se irán reducido desde el actual 23% hasta un 17% , en ciertos casos.
El Ministerio de Hacienda puso en marcha hace dos años distintas medidas para aliviar la carga fiscal de algunos negocios. Estas rebajas se empezaron a notar en la pasada declaración del Impuesto de Sociedades de 2024 y tenían "vigencia indefinida". Con estas leyes en vigor, a día de hoy, habría cuatro grupos distintos de negocios que pueden pagar un tipo inferior al 25%, que es el que correspondería por ley a las empresas en el Impuesto de Sociedades. Por un lado, las startups y negocios de reciente creación pueden aplicar en ciertos casos un 15%.
Actualmente, hay tres normativas en vigor que reducen los impuestos a pagar para ciertos tipos de negocio. Por un lado, está en marcha la reforma fiscal de 2022 que rebajó dos puntos porcentuales los tipos aplicables a cualquier negocio con una facturación inferior a dos millones de euros. Por otro lado, también está en marcha la Ley de Startups de 2022, que prevé unos tipos especialmente reducidos para los conocidos como "negocios tecnológicos", que son empresas consideradas "emergentes". Finalmente, en diciembre de 2024 se aprobaron la Ley 7/2024 y el Real Decreto-ley 9/2024, que han introducido la última reforma fiscal que afecta al Impuesto de Sociedades.
Por su parte, las pymes -aquellas que facturan entre uno y diez millones de euros- verán durante los próximos años cómo el tipo impositivo que pagan en Sociedades se va reduciendo un punto en cada declaración.
Ser de nueva creación o que no hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de inscripción en el Registro Mercantil, o Registro de Cooperativas competente, de la escritura pública de constitución, con carácter general.
Desarrollar un proyecto de emprendimiento innovador que cuente con un modelo de negocio escalable. Por otro lado, también permanecerá la rebaja más antigua al 15% para los negocios de reciente creación.
Ahora bien, tal y como aclaró recientemente el Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) los negocios sólo pueden pagar un tipo del 15% por ser de reciente creación el primer ejercicio que tuvieron un resultado positivo y el siguiente, independientemente de que hayan tenido beneficios o pérdidas.